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Guatemala tiene un sistema financiero muy sólido, con excelentes niveles de reservas internacionales y un bajo nivel de deuda externa de US$ 4,815 millones (2008), la más baja de la región. Mientras que la mayoría de los recursos financieros son manejados por bancos comerciales, una pequeña parte está distribuida entre entidades no bancarias. En los últimos cuatro años, las reservas internacionales ha continuado su crecimiento y a diferencia de muchos otros países de la región.

El sistema financiero guatemalteco está constituido por 19 bancos, 16 sociedades financieras, 17 compañías almacenadoras, 11 compañías de fianzas, 17 compañías de seguros, 1 casa de cambio, 7 entidades fuera de plaza (off shore), 14 casas de bolsa, entre otras instituciones supervisadas por la Superintendencia de Bancos (SIB). Estas instituciones ofrecen al inversionista una variedad de servicios financieros con los más altos estándares de calidad y seguridad.
Hoy se cuenta con entidades financieras con servicio de clase mundial en áreas especializadas como factoraje, comercio internacional, inversiones especializadas, micro crédito, entre otros. La mayoría de bancos y entidades financieras cuentan con varios corresponsales en Estados Unidos, Panamá, México, Suiza entre otros. Además, existen Bancos extranjeros que operan directamente en Guatemala, como es el caso de Citibank, BAC, Scotiabank, entre otros.
El Banco de Guatemala es la entidad bancaria central y la Superintendencia de Bancos – SIB - es la institución que supervisa a los bancos, financieras, aseguradoras y compañías emisoras de títulos.
El sistema financiero guatemalteco está regulado por las siguientes leyes:
• Decreto 16-2002 Ley Orgánica del Banco de Guatemala
• Decreto 17-2002 Ley Monetaria
• Decreto 18-2002 Ley de Supervisión Financiera
• Decreto 19-2002 Ley de Bancos y Grupos Financieros
• Decreto 67-2001 Ley Contra El Lavado de Dinero u Otros Activos
• Decreto 58-2005 Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo
• Decreto 94-2000 Ley de Libre Negociación de Divisas
• Decreto 34-96 Ley del Mercado de Valores y Mercancías
• Decreto 136-96 Ley de Especies Monetarias
• Decreto 82-78 Ley General de Cooperativas
• Decreto Ley 208 Ley de Sociedades Financieras Privadas
La ley de libre circulación de divisas permite el uso legal de moneda extranjera, por ello, en muchos casos, se utiliza el dólar como base para contratos y transacciones internacionales. Toda persona puede abrir cuentas en quetzales, dólares o euros.
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